La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias ha informado de las épocas hábiles de caza para el presente año, así como de las condiciones y limitaciones para su ejercicio en Canarias.
Para la Isla de Gran Canaria, los aspectos recogidos en la orden de veda son los siguientes:
- Periodo hábil de caza: del 7 de agosto al 30 de octubre con perro y hurón. Con arma sólo desde el 15 de septiembre hasta el final de veda.
- Días hábiles de caza: jueves, domingos y festivos, salvo el 15 de agosto y el 12 de octubre.
- Días hábiles de cetrería: miércoles y sábados, del 17 de agosto al 29 de octubre.
- Se autoriza la caza de conejo, perdices rojas y palomas bravías.
- Límites: 3 conejos por cazador y día. 3 perdices rojas por cazador y día. Sin límite de palomas.
- Límites por cuadrilla: 9 conejos, 9 perdices rojas, sin límite de palomas.
Además, en Gran Canaria, se prohíbe el ejercicio de esta actividad en la Reserva Natural Especial de Los Tilos de Moya (Moya), Reserva Natural Integral del Barranco Oscuro (Moya y Valleseco), La Laguna (Valleseco), Reserva Natural Especial de Inagua, Ojeda y Pajonales (Aldea de San Nicolás de Tolentino, Mogán y Tejeda), Reserva de Juncalillo del Sur (San Bartolomé de Tirajana), Finca de Osorio (Teror), desde Las Salinas de Arinaga a Bahía de Formas (Agüimes y Santa Lucía de Tirajana), Corral de Los Juncos (Tejeda), Llanos de La Pez (Tejeda), Caldera de Bandama (Santa Brígida), Reserva Natural Especial de las Dunas de Maspalomas (San Bartolomé de Tirajana) y en la zona periférica de seguridad del Polvorín de Barranco Seco.
Los interesados pueden acceder al texto íntegro del Boletín Oficial de Canarias aquí.
Para la Isla de Gran Canaria, los aspectos recogidos en la orden de veda son los siguientes:
- Periodo hábil de caza: del 7 de agosto al 30 de octubre con perro y hurón. Con arma sólo desde el 15 de septiembre hasta el final de veda.
- Días hábiles de caza: jueves, domingos y festivos, salvo el 15 de agosto y el 12 de octubre.
- Días hábiles de cetrería: miércoles y sábados, del 17 de agosto al 29 de octubre.
- Se autoriza la caza de conejo, perdices rojas y palomas bravías.
- Límites: 3 conejos por cazador y día. 3 perdices rojas por cazador y día. Sin límite de palomas.
- Límites por cuadrilla: 9 conejos, 9 perdices rojas, sin límite de palomas.
Además, en Gran Canaria, se prohíbe el ejercicio de esta actividad en la Reserva Natural Especial de Los Tilos de Moya (Moya), Reserva Natural Integral del Barranco Oscuro (Moya y Valleseco), La Laguna (Valleseco), Reserva Natural Especial de Inagua, Ojeda y Pajonales (Aldea de San Nicolás de Tolentino, Mogán y Tejeda), Reserva de Juncalillo del Sur (San Bartolomé de Tirajana), Finca de Osorio (Teror), desde Las Salinas de Arinaga a Bahía de Formas (Agüimes y Santa Lucía de Tirajana), Corral de Los Juncos (Tejeda), Llanos de La Pez (Tejeda), Caldera de Bandama (Santa Brígida), Reserva Natural Especial de las Dunas de Maspalomas (San Bartolomé de Tirajana) y en la zona periférica de seguridad del Polvorín de Barranco Seco.
Los interesados pueden acceder al texto íntegro del Boletín Oficial de Canarias aquí.
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